Seguro de Vida Deudor (Respalda los créditos bancarios)

 

La contratación de seguros que cubren el riesgo de muerte de los deudores de las entidades crediticias se apoya en la regla prevista en el numeral 3º del artículo 1137 del Código de Comercio. La decisión de exigir seguros de vida para respaldar préstamos es facultativa de cada entidad bancaria y por lo general se adopta en el marco de sus políticas internas de administración del riesgo crediticio.

Seguro de vida

Este busca garantizar la protección de las personas que el asegurado tiene a su cargo. En caso del fallecimiento de éste, sus beneficiarios o herederos acceden a una indemnización, al igual este seguro cuenta con el respaldo ante incapacidad total y permanente los cuales respaldan al asegurado en vida ante cualquier eventualidad ya sea por alguna enfermedad grave o accidente.

Seguro de Salud

Es un contrato con una compañía de seguros, por el cual se paga un costo mensual por un plan o póliza, a cambio que el asegurado se encargue de todo o parte de los gastos médicos.

Seguro para Empresas (PYME)

El Seguro Comercial PYME, es un seguro que protege tu negocio ante cualquier imprevisto y que te brinda la seguridad de poder continuar con él ante la presencia de cualquier eventualidad. Ejemplo: Incendio, rayos y terremotos, hurto mayor o menor cuantía etc.

Seguro de Hogar

Un seguro de hogar es aquella modalidad del contrato de seguro que tiene por objeto cubrir los daños que se produzcan en una vivienda y/o su mobiliario y que se deriven de cualquier imprevisto, cubriendo riesgos tan diversos como, entre otros, un incendio, rayo y terremoto, hurto, inundación etc.

Seguro de Motos

El seguro para motos es un contrato de seguro que cubre los riesgos creados por la conducción de motos en caso de causar un accidente, por daños a bienes ajenos, lesiones a terceros, pérdida parcial o total por hurto y demás asistencias de acuerdo a la compañía de seguros.

Seguro de Cumplimiento

El seguro de cumplimiento, es aquel contrato de seguro mediante el cual el asegurador se obliga a indemnizar al asegurado por los perjuicios que sufra en caso de que el tomador del seguro incumpla las obligaciones, legales o contractuales, que mantenga con éste.